Accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo periodo interanual 2014-2015

09/08/2016

http://www.oect.es/Observatorio/3%20Siniestralidad%20laboral%20en%20cifras/Informes%20interanuales/Ficheros/INFORME%20Siniestralidad%20enero-diciembre%202015.pdf

El informe de evolución de la siniestralidad que el INSHT elabora trimestralmente se refiere a períodos completos de doce meses. De esta forma, analizando períodos temporales largos se compensan posibles fluctuaciones de los procedimientos administrativos que afectan al número de declaraciones de accidentes de trabajo y nada tienen que ver con modificaciones de las condiciones de trabajo. Ello también permite anular los efectos que sobre las cifras de determinados sectores de actividad pueden tener las variaciones estacionales de la actividad económica.

Los datos de accidentes de trabajo que se utilizan para elaborar este informe son los que se incluyen en la Estadística de Accidentes de Trabajo acumulada (datos de avance), publicación monográfica obtenida de fuentes administrativas. Estos datos son provisionales y por tanto están sujetos a actualizaciones periódicas. El dato definitivo consolidado es el que se publica de forma anual en el Anuario de Estadísticas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS).

La población afiliada a la Seguridad Social con la contingencia de accidente de trabajo y enfermedad profesional cubierta está calculada con la media interanual de los afiliados a la Seguridad Social del Régimen General, Régimen Especial de la Minería del Carbón, Régimen Especial del Mar y, desde 2004, los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que voluntariamente han optado por la cobertura específica de contingencias profesionales. Desde enero de 2012 se incluyen dentro del Régimen General los trabajadores del Sistema Especial para Empleados de Hogar y los trabajadores en situación de actividad en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, donde se integran los trabajadores del antiguo Régimen Especial Agrario (cuenta ajena). También desde 1 de enero de 2012 no se contabiliza dentro de la población cubierta en el Régimen General a los funcionarios públicos y otro personal de nuevo ingreso afectados por el artículo 20 del Real Decreto Ley 13/2010, de 3 de diciembre, debido a que la gestión de las contingencias profesionales de este colectivo se lleva a cabo a través de las mutualidades de funcionarios (MUFACE, ISFAS Y MUGEJU). 3 de 43 C/ TORRELAGUNA, 73 28027 MADRID TEL: 91 3634100 FAX: 91 3634327 CORREO ELECTRONICO registroinsht@insht.meyss.es A partir de la edición de junio de 2014 no se considera dentro de la población de referencia a los afiliados al Régimen Especial/Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios en situación de inactividad.

Por este motivo se han recalculado las poblaciones de referencia del año 2012 y 2013, descontado dicho colectivo, para asegurar su comparabilidad con los años siguientes.

El análisis de la siniestralidad se realiza principalmente mediante el estudio del índice de incidencia (número de accidentes de trabajo por cada 100.000 trabajadores con las contingencias profesionales cubiertas) que permite relacionar el número de accidentes de trabajo con el número de trabajadores afiliados con las contingencias cubiertas, por lo que es un sistema más ajustado de seguimiento de la siniestralidad laboral que las cifras absolutas de accidentes de trabajo.